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Crédito Revolving. Usura

La  pasada semana se hizo pública una Sentencia del Tribunal Supremo que ratifica la nulidad de un contrato de crédito “REVOLVING”, mediante uso de tarjeta de crédito, por considerar usurario el interés remuneratorio que se aplicaba, sobre el 27%.

La propia resolución de nuestro alto Tribunal, valora en su exposición, la situación que afecta a muchas personas que no pueden acceder a otros créditos “menos gravosos”,  y se ven abocados a esta opción crediticia, donde el límite del crédito se va recomponiendo permanentemente, y además, los intereses y comisiones se capitalizan para devengar el interés remuneratorio, y si bien, las cuotas a liquidar no son altas, la deuda pendiente se va incrementando, alargándose sine die y pudiendo convertirse en un “deudor cautivo”.

La Sala también argumenta que no se justifica un “tipo de interés muy alto” por el supuesto riesgo de impagos que comporta, incidiendo en lo que denomina “concesión irresponsable” que facilita un sobrendeudamiento de los consumidores.