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Las deudas de la Comunidades de Propietarios.

Mucha ha sido la jurisprudencia relativa a los plazos de prescripción referentes a las posibilidades de reclamación de las deudas de las Comunidades de Propietarios, y de manera concreta en Cataluña.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en Sentencia de 30 de marzo, que pueden consultar, se fija el plazo de prescripción de las deudas de las Comunidades de Propietarios en 3 años, cuestión que también es aplicable en Cataluña, existiendo numerosas resoluciones judiciales de tribunales catalanes en tal sentido.

No obstante, cuestión polémica es la diferenciación entre las cuotas normales y ordinarias, con respecto con respecto a las de carácter extraordinaria, caso de derrama por actuaciones concretas, produciéndose aquí, un debate al respecto y que, por tanto, no puede tratarse dicha situación como una deuda fija, como es la cuota periódica.

En definitiva, estamos ante un tema altamente polémico, donde inclusive se producen conflictos legales respecto de la aplicación, ya sea del Código Civil de Cataluña o la propia normativa de la Ley de Propiedad Horizontal.