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Contratos de servicios, suministros de agua, gas y energía eléctrica. Derecho de desistimiento.

Por medio del Real Decreto Ley 24/2021 de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, y con el efecto de transponer la Directiva Europea 2019/2161, se produce la modificación legislativa que afecta al régimen de contratación a distancia y fuera de establecimiento mercantil de la prestación de dichos ejercicios.

A modo de resumen, se establece un plazo para desistir de 14 días naturales, con carácter general, que se amplia 30 días para determinados casos; el plazo se computa desde el día de la celebración de contrato y para el caso de que el empresario no cumpliera con sus obligaciones de información, por lo que hace al derecho de desistimiento, el plazo se amplía 12 meses más, después de la fecha de expiración del propio desistimiento inicial.

En definitiva, el incumplimiento de la obligación de informar, o la inexistencia de solicitud expresa del usuario de comienzo de la prestación del servicio de suministro, antes del fin del plazo de desistimiento, comporta que el usuario no está obligado a pagar ningún coste asociado a la prestación de servicios antes de fin de plazo para desistir.

Finalmente, corresponde al empresario probar el cumplimiento de sus obligaciones de informar y del requerimiento de la solicitud.