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Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas. Apertura de inscripciones.

Entre las medidas de apoyo a la solvencia empresarial, como alternativa a la situación pandémica de la Covid-19, se plantearon una serie de ayudas directas a autónomos y empresas que tenían que implementarse por parte de las Comunidades Autónomas.

El Real Decreto Ley 5/2021, de 12 de marzo y la Orden ECO/127/2021, de 14 de junio de la Comunidad Autónoma de Cataluña, vienen a regular todas estas ayudas.

Para el trámite de solicitud, es condición necesaria al implementación de un “formulario de inscripción previa”  que será el fundamento base para la posible concesión. La presentación de dicho formulario se inicia el 21/06/2021, finalizando el plazo de presentación el 31/06/2021 a las 15:00h.

Los requisitos para optar a la inscripción y potencial concesión, son los siguientes:

1.- La realización de actividades económicas incluidas en el CNAE (Listado de Clasificación Nacional de Actividades Económicas)

2.- Haber realizado y declarado la actividad durante el ejercicio 219 y 2020, y que se continúen ejerciendo en este momento.

3.- Que les afecte alguna de las siguientes situaciones:

a.- Se le apliquen el Régimen de Módulos en el IRPF.

b.- Que el volumen de operaciones declarado o comprobado en el IVA, u otro tributo equivalente en el año 2020, haya supuesto una caída de más del 30% respecto del año 2019. Aquí se entiende que también afecta a las comunidades de bienes y sociedades civiles.

c.- Que sean grupos consolidados a tributar en el Impuesto de Sociedades en el Régimen de Tributación Consolidada, pudiendo acreditar un descenso de actividad del grupo de más del 30% en el año 2020, respecto del año 2019.

4.- La ayuda se aplicará al pago de la deuda y pagos a proveedores y acreedores de todo tipo, así como costes fijos pendientes de pago, siempre que se acredite que se hayan producido del 01/03/2020 hasta el 31/05/2021, procediendo de contratos anteriores al 13/03/2021. Además los pagos deberán liquidar primero a los proveedores por orden de antigüedad, posteriormente el nominal de la deuda bancaria, priorizando la deuda con aval público (ICOS).

  • Se acompaña link de la Generalitat de Catalunya para acceder a la inscripción previa referida:

https://canalempresa.gencat.cat/es/detall/article/Ajuts-de-suport-a-la-solvencia-empresarial-en-resposta-a-la-COVID-19