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El Pre-Pack Concursal.

Con el objetivo de buscar un máximo precio en la venta de bienes y derechos pertenecientes a empresas insolventes, pero que aún no han sido declaradas  en Concurso de Acreedores, se intenta poner en marcha un  mecanismo que acabaría con la Venta de la Unidad Productiva dentro del Concurso, pero con la mínima “devaluación de los bienes a transmitir”.

Ante una situación de inviabilidad empresarial, con la única alternativa de la vía liquidatoria, al no haber fructificado otras soluciones como la refinanciación de la deuda, se plantea la posibilidad de preservar el valor del los bienes previamente a la presentación del trámite concursal.

Lo que se busca es facilitar transmisiones de empresas, bienes, unidades productivas, cuando su situación en inviable, intentando buscar en el mercado la continuidad empresarial vía las opciones anteriormente definidas.

Es evidente que estamos ante un tema novedoso, que ya funciona en países como Holanda o Reino Unido, y supone un avance donde todas las partes deben ser conscientes de la opción que se plantea, la empresa con problemas, los terceros intervinientes y el propio ente judicial.

A efectos jurídicos, la vigente Ley Concursal  (Texto Refundido) desde el 01/09/2020, busca la armonización de la enajenación de las unidades productivas junto con una seguridad absoluta para el adquirente.

Hasta la fecha, han sido los Juzgados Mercantiles de Barcelona y Baleares, los que han ido avanzando en el tema de la “gestión previa a la declaración del concurso para proceder a la venta de la Unidad Productiva, bajo el control del Juzgado Mercantil, pero con la máxima garantía de viabilidad ( PRE-PACK)”.