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Condiciones apertura al público de comercios, servicios, archivos y práctica del deporte. Especial referencia la hostelería y restauración.

La Orden del Ministerio de Sanidad publicada en el BOE el pasado 3 de Mayo, viene a establecer las condiciones para la apertura al público de establecimientos, locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados; asimismo refiere los condicionantes que deben desarrollarse para la realización de actividades de hostelería y restauración; finalmente, también refiere todo lo relativo al desarrollo de la actividad deportiva profesional y federada.

Resaltar que dichas medidas deberán ser completadas por los planes específicos de seguridad y protocolos al respecto, a coordinar entre los trabajadores, empresarios, asociaciones y patronales de cada sector, que deberán cuidar de su adaptación a la realidad, con una evaluación individualizada de cada una de las actividades.