escaenfrru

Nuevo Impuesto en Catalunya (Activos no productivos de las sociedades)

El DOGC, publicó el pasado 12 de Mayo, una Ley que comporta un nuevo impuesto sobre los ACTIVOS NO PRODUCTIVOS DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. El tema es altamente novedoso, ya que su objetivo final es “desanimar”  la estrategia fiscal que supone el paso del patrimonio personal a estructuras societarias.

Independientemente de que dicho impuesto pueda ser recurrido por el Estado, por exceso de competencias de la LOFCA, la realidad es que el tema está vigente, siendo su objetivo concreto gravar los bienes no productivos y determinados derechos que recaen sobre estos bienes que forman parte del activo del sujeto pasivo.

A titulo general, se entendería como bienes no productivos, los bienes inmuebles, vehículos a motor (más de 200 CV), embarcaciones, aeronaves, objetos de arte, joyas, etc.

La escala del gravamen oscila desde el 0,21% hasta el 2,75% cuando la base liquidable sea superior a los 10.000.000,00€.

Dada su relevancia y sus consecuencias a la hora de fijarse la cuota íntegra, adjuntamos la publicación de dicha Ley en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.