escaenfrru

El deudor de buena fe y la exoneración de deudas en la Segunda Oportunidad

Una reciente sentencia, STS 863/2022, viene a definir el concepto de deudor de buena fe, imprescindible para poder tramitar la exoneración del pasivo insatisfecho, dentro de la Segunda Oportunidad.

La referida sentencia, fundamenta las razones por las que un deudor no es de buena fe, ya sea por comisiones de delito contra el patrimonio, con penas superiores a 3 años, o por derivación de responsabilidad por los acreedores públicos.

La conclusión de la sentencia que comentamos, es importante, ya que fija los parámetros de lo que supone la mala fe, por una parte, y delimita lo relativo a derivaciones de la AEAT y la TGSS, cuestión que además nos introduce variables jurisprudenciales al respecto.