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Cláusula Suelo. Nulidad por falta de transparencia.

La Sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo nº 579/2022 de 26 de julio, viene a aplicar la normativa dictada por el TJUE, en la cual no se respeta la autonomía procesal de los estados miembros, en favor de la protección del consumidor como cuestión preferente.

En definitiva, dicha sentencia, aplica la doctrina y jurisprudencia del Tribunal Europeo, al supuesto específico de los efectos restitutorios cuando existe la nulidad de la cláusula suelo; y de manera concreta, entiende que dicha cláusula incluida en los contratos bancarios es abusiva por falta de transparencia, declarándola nula a todos los efectos.

Este tema, que ha tenido innumerable jurisprudencia en España, con esta resolución europea, aceptada por nuestro Tribunal Supremo, cierra una discusión de vital importancia para muchas personas y familias que se han visto perjudicadas por las interpretaciones diversas que se han producido al respecto.