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Notificaciones electrónicas a personas físicas.

Recientemente, se ha sometido a trámite de información pública un Real Decreto que establece la obligación de recibir las notificaciones de forma electrónica, por lo que hace al ámbito de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Si el Decreto finalmente es realidad, las personas físicas, tanto empresarios como retenedores, y de manera especial las que tengan actividad económica, recibirán sus notificaciones de forma obligatoria, vía el sistema electrónico; lo que conlleva la necesidad que todas las personas físicas, en esas condiciones, TENGAN UN CERTIFICADO ELECTRÓNICO VIGENTE, unos medios electrónicos mínimos, lo que exigirá que de forma periódica, examinen la DIRECCIÓN ELECTRÓNICA HABILTADA ÚNICA, a fin de verificar si se ha recibido o no alguna notificación por parte de la AEAT.

La trascendencia del tema es emblemática, en tanto en cuanto, supondrá un cambio, también para las personas físicas, a la hora de recibir comunicaciones de la AEAT.