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El Aval de los padres en las Hipotecas de los hijos

En los últimos meses han aparecido una serie de sentencias en las que se libera a los padres del aval realizado en la hipoteca de un hijo, al considerarse todo ello como cláusula abusiva, ante la falta de transparencia por parte de la entidad financiera.

Una Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Estella (Navarra), estima la nulidad de una cláusula al respecto, al exigir, por parte del banco, la incorporación de un doble control de transparencia ante una información no correcta por parte de la entidad, considerando todo ello como cláusula abusiva.

Estamos ante un primer paso para decretar como abusiva la cláusula de afianzamiento que, consecuentemente, es declarada como nula, con todas las consecuencias que ello comporta.

Es evidente que el tema supone un paso más en defensa de los consumidores, y en el caso que nos ocupa de las “obligaciones” a los padres a ser fiadores, cuando el banco no ha cumplido los requisitos exigidos y, por tanto, la decisión de avalar ha resultado abusiva.

En cualquier caso estamos ante un mero indicio respecto a lo que puede ser el tema de fondo y,  por tanto, deberemos analizar puntualmente cada caso, lo que sí es evidente es que la falta del deber de transparencia comporta  un desequilibrio importante, en este caso, respecto de los padres, siendo un punto de partida de la defensa de unas personas que se vieron obligadas directamente a realizar una actuación sin el debido conocimiento de las consecuencias que la misma comportaba para su patrimonio personal.

Finalmente, referirnos a la Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Bilbao de fecha 5 de Abril de 2018, que también incide claramente en el posicionamiento, anteriormente expresado, profundizando en las características de la cláusula objeto de debate.