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El perdón de las deudas

Pues sí,  por fin en España existe un mecanismo, absolutamente legal, por el cual un juez puede «perdonar» las deudas a un ciudadano. ¿Y hasta dónde llega ese «perdón» para quien lo solicita? Pues puede alcanzar a todas y a cada una de las deudas que tenga con bancos (tarjetas de crédito, hipotecas, préstamos personales...) con financieras (del automóvil, de créditos rápidos...) con compañías suministradoras de servicios (telefonía, electricidad, seguros...) incluyendo las deudas a la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria. El día 27 de febrero de 2015 (hace casi dos años) el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto Ley 1/2015 que ha venido a ser conocido como la Ley de la Segunda Oportunidad, denominación que como dice el Ilustrísimo Magistrado don José María Fernández Seijo, «...tiene una naturaleza más social que jurídica...». Y mucho de eso hay, pues la Ley de la Segunda Oportunidad es una ley fundamentalmente social que contempla la situación, siempre lamentable y humanamente inaceptable, de aquellos que después de perderlo todo y tras ser embargados sus sueldos, sus cuentas bancarias o sus propiedades, perdiendo incluso sus viviendas, tienen que cargar sobre sus espaldas con miles y miles de euros de deudas durante toda su vida. No es este el sitio ni el medio más adecuado para relatar la forma y la manera para que el ciudadano, que pueda encontrarse en tal situación (deudas que jamás podrá pagar) logre que un juez le «perdone» esas deudas. Pero sí que podemos anticiparle al ciudadano que el mecanismo es sencillo, rápido y eficaz. La Ley de la Segunda Oportunidad está concebida para evitar que muchas personas deban de por vida unas cantidades de dinero a los bancos que jamás podrán pagar del todo. Pretende evitar, y evita, que sigan acumulándose los intereses (muchas veces exorbitantes) sobre aquellos créditos impagados que adeudan a los bancos y a las financieras los clientes que no pudieron devolver los préstamos. En definitiva, La Ley de la Segunda Oportunidad pone fin al hecho, nada infrecuente, que el heredero de un padre o de una madre acabe heredando las deudas que su antepasado no pudo pagar. Y todo lo dicho hasta aquí es perfectamente válido para aquellos «avalistas» que avalaron un crédito o un préstamo a un amigo, a un familiar o a su propio pequeño negocio y que terminan siendo responsables de ese crédito o ese préstamo impagado. La Ley de la Segunda Oportunidad aspira a que las personas, que deben cantidades de dinero que nunca podrán liquidar al banco, puedan volver a empezar de cero y sin deudas y, así, consigan de nuevo ser dueños de su propio destino. Nuestro despacho puede informarle al respecto, y si usted no dispone de medios para que le asistan no lo dude, acuda al Colegio de Abogados de Tarragona, en donde un grupo de letrados expertos le informarán sin más interés que el de ayudarle.